Informe Técnico del Observatorio de la Discriminación
Referencia: Análisis de la publicación de fotografías de personas con
COVID-19, por parte de los diarios Pregón de Santa Fe y Clarín.
I. Presentación del caso: El Observatorio de Radio y Televisión del INADI y el área de Investigación relevaron dos publicaciones diarias que dieron a conocer en sus ediciones el nombre de las personas que contrajeron COVID-19, violando el derecho a la intimidad que comprende los valores morales y religiosos, sus sentimientos y las orientaciones ideológicas de cada individuo.
Es importante recordar que lo íntimo está fuera del alcance del interés público y no puede tener intromisiones de ninguna clase. Además, en el presente contexto, cada persona y medio debe actuar con responsabilidad, difundiendo únicamente mensajes oficiales y confirmados por las autoridades correspondientes.
II. Análisis
La primera nota fue publicada el 23 de abril por el sitio periodístico Pregón de San Lorenzo, en Santa Fe, donde se publicó el nombre y la fotografía en primer plano de un trabajador del Centro Operativo de Máquinas de la Cooperativa de Trabajadores, junto a una referencia a su edad y lugar de residencia.
El segundo episodio ocurrió el 22 de abril, cuando la versión en línea de Clarín –a raíz de de la problemática que afectó a las cárceles con referencia al coronavirus– publicó una fotografía en primer plano con el nombre, apellido y edad del primer infectado con coronavirus en una institución carcelaria.
El estigma social asociado con el COVID-19
La estigmatización en el contexto de la salud tiene que ver con asociar
–de manera prejuiciosa– a una persona o un grupo de personas con el hecho de tener una enfermedad específica. Es decir, presumir que determinadas personas –por tener ciertas características– tienen la enfermedad, y considerarlas amenazantes o peligrosas. Asimismo, la estigmatización recae sobre quienes efectivamente tienen o han tenido
una enfermedad, generando exclusión y restricciones a sus derechos.
En el contexto de epidemia actual por COVID-19, la estigmatización asociada a prácticas discriminatorias puede llevar, por ejemplo, a que personas que desarrollan una determinada actividad o viven en determinados ámbitos sean marginadas y vean negados sus derechos por considerarse que probablemente tengan la enfermedad. Esto
afecta fuertemente también –y sobre todo– a quienes tienen o han tenido el COVID-19, así como a sus familias, amigos/as, vecinos/as y comunidades.
Como señala UNICEF: En un brote epidémico, esto puede significar que las personas sean etiquetadas, estereotipadas, que se las discrimine, que se las trate por separado y/o que experimenten una pérdida de estatus debido a una percibida conexión con una enfermedad. Este tipo de trato puede afectar negativamente a quienes tienen la enfermedad, así como a quienes los cuidan, a sus familias, amigos y comunidades.
Las personas que no tienen la enfermedad, pero comparten otras características con ese grupo, pueden también sufrir estigmatización. El brote epidémico actual de COVID-19 ha causado estigmatización social y comportamiento discriminatorio hacia personas de cierto origen o contexto, así como hacia cualquier persona que se percibe haya estado en contacto con el virus (2020, p.2).En momentos en que es necesario que la sociedad esté cohesionada para enfrentar la pandemia, el estigma opera en sentido contrario, debilitando los lazos y
estimulando el retraimiento de ciertas personas o grupos, llevándolos incluso a ocultar la enfermedad, lo cual puede exacerbar los problemas sanitarios y generar mayores dificultades para controlar la epidemia. De allí que sea tan importante actuar con responsabilidad, evitando toda contribución a reforzar la estigmatización, como señala el documento ya citado de UNICEF (2020): La evidencia muestra claramente que el estigma y el miedo en torno a las enfermedades transmisibles dificultan la respuesta a las mismas. Lo que sí funciona
es construir la confianza en los servicios y consejos de salud seguros, mostrar empatía hacia quienes están afectados, comprender la enfermedad en sí, adoptar medidas y prácticas eficaces para que las personas puedan ayudar a mantenerse a sí mismos, y a sus seres queridos, a salvo. La forma en que nos comunicamos sobre el COVID-19 es crucial para apoyar a las personas a emprender acciones
eficaces que ayuden a combatir la enfermedad y para evitar alimentar el miedo y la estigmatización. Es necesario crear un entorno en el que la enfermedad y su impacto puedan ser discutidos y abordados en forma abierta, honesta y eficaz (p.3). Datos personales y derecho a la privacidad bajo cualquier contexto, la difusión de datos personales afecta la privacidad y la dignidad de las personas. Resguardar esos datos es resguardar a las personas.
En el contexto actual de pandemia, esto se agudiza especialmente por el grado de vulnerabilidad que conlleva la situación de enfermedad, por lo cual es necesario que quienes trabajan en los medios de comunicación sean muy conscientes de la enorme responsabilidad que implica proteger la identidad de las personas titulares de los datos
que difunden. No solamente se debe evitar de manera tajante la difusión de datos personales por el hecho de evitar la estigmatización con relación al COVID-19, sino que –además y sobre todo– se trata de un acto penado por la ley- .
Nuestro cuerpo, nuestro rostro y nuestra voz constituyen datos personales sobre los cuales rige la autodeterminación informativa. La ley nos protege como titulares de esos datos y garantiza que tenemos
derecho a disponer de nuestra información personal, determinando cuándo puede ser difundida y de qué manera. Como señala la guía Tu imagen en el entorno digital (Defensoría del Pueblo CABA, 2018): “…para captar o reproducir la imagen ya sea mediante un video o hasta un dibujo es necesario el consentimiento del titular del dato o su responsable legal en el caso de los niños, niñas o adolescentes. Este derecho tiene plena vigencia en el espacio
público y también en el entorno digital” .
III. Recomendaciones
Es necesario evitar tajantemente la publicación de las fotos y los nombres de las personas que contrajeron la enfermedad, una política que se ha replicado en todo el mundo. Cada nación ha resguardado la identidad de las personas afectadas, siguiendo protocolos internos o conforme a un acuerdo de los países pertenecientes a la Organización Mundial de la Salud (OMS), que impide a las autoridades de sus países
miembros, publicar el nombre de pacientes afectados –en este caso– por COVID-19. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) –el brazo regional de la Organización Mundial de la Salud (OMS)– señala que todos los países miembros de la organización se comprometen a resguardar la identidad de los pacientes, y realiza una serie de recomendaciones en materia de comunicación de riesgos, argumentando la enorme importancia que tiene en el presente contexto de generar “una comunicación clara, honesta, concisa y coherente”. Señala a su vez que es necesario, en un escenario
de incertidumbre, que la comunicación sea un recurso estratégico que contribuya a la respuesta de salud pública: “La comunicación de riesgos es un componente integral de la gestión de riesgos para la salud pública y una capacidad básica en el marco del Reglamento Sanitario Internacional (RSI)” (2020, Introducción).
Por último, destaca que: “Proteger la salud y prevenir muertes que podemos evitar es la misión que nos convoca a todos. Una comunicación oportuna y transparente, con información correcta y basada en evidencias, pero también honesta y franca, con
empatía y comprensión por las preocupaciones del público, será fundamental para que las personas conozcan los riesgos de la COVID-19 y sigan las recomendaciones de las autoridades para proteger su salud y la de sus seres queridos” (OPS, 2020, Introducción).