CONTINUA LA MOTOSIERRA: POR RESOLUCION DE LA FECHA, INSTITUYEN EL RETIRO VOLUNTARIO EN VIALIDAD NACIONAL

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.°: Aprobar -a partir de la suscripción de la presente- el reglamento que instituye el Sistema de Retiro Voluntario aplicable al personal de la Dirección Nacional de Vialidad que como Anexo I (IF-2026-10028084-APN-DNV#MEC) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2.°: Aprobar los modelos de acuerdo de desvinculación a suscribir ante la autoridad administrativa del trabajo que como Documentos IF-2026-10028482-APN-DNV#MEC; IF-2026-10028577-APN-DNV#MEC y IF-2026-10028705-APN-DNV#MEC forman parte integrante de la presente, quedando autorizado el Gerente Ejecutivo de Recursos Humanos Lic. Diego Tomás Riveira (CUIL 20-26656347-8) en representación de esta Dirección Nacional de Vialidad a suscribirlo.

ARTÍCULO 3.°: Notificar a la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo Público y Política Salarial de la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaria de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y, a la Dirección Nacional de Seguimiento de la Inversión en Capital Humano del Sector Público Nacional de la Subsecretaria de Presupuesto de la Secretaria de Haciendo del Ministerio de Economía, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 4.° de la Resolución Conjunta de la Secretaria de Transformación del Estado y Función Pública y la Secretaría de Hacienda N.° 50/25.

ARTÍCULO 4.°: Publicar por intermedio de la Dirección Nacional de Registro Oficial, la presente Resolución.

ARTÍCULO 5.°: Tomar razón a través de la Subgerencia de Despacho y Mesa General de Entradas, quien comunicará mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE – CCOO) a las dependencias intervinientes, arbitrará los medios necesarios para la publicación de la presente en Boletín Oficial, y realizará las notificaciones de práctica. Cumplido, pasar a la Gerencia Ejecutiva de Recursos Humanos a fin de cumplimentar lo dispuesto en la presente medida.

ARTÍCULO 6.°: Notificar, comunicar y dar intervención a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.

Marcelo Jorge Campoy

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/01/2026 N° 4460/26 v. 30/01/2026

Fecha de publicación 30/01/2026

  El Reglamento y uno de los Anexos