La sentencia del 20 de abril, corresponde al Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14 de la Ciudad de Buenos aires y fue resuelta por el Juez Lisandro Ezequiel Fastman.
Síntesis del sumario:
Resulta procedente declarar la inconstitucionalidad de la medida del GCBA que restringe la posibilidad de circular sin autorización previa a los mayores de 70 años, durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, toda vez que se trata de una medida que, más allá de sus buenas intenciones, importa una discriminación en razón de la edad, que vulnera los derechos y las garantías del grupo etario al cual se encuentra destinada, al imponer una exigencia mayor y distintiva del resto de la población, pues la herramienta planteada disminuye la autonomía personal y la capacidad de decisión, solo en función de la edad, por lo que desde la óptica judicial ello conlleva una lesión a los derechos y garantías constitucionales y, como tal, no supera el test de constitucionalidad (Fuente SAIJ)
http://www.saij.gob.ar/descarga-archivo?guid=rstuvwfa-llos-comp-uest-o20370011pdf&name=20370011.pdf