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HISTORICO: Rechazado el recurso extraordinario presentado en la Causa Vialidad por Cristina Fernández de Kirchner, por los tres Jueces de la CSJN, ratifican la sentencia impuesta por la Cámara de Casación y le confiscaran bienes.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, por unanimidad de los tres jueces rechazo el planteo efectuado por Cristina Fernández de Kirchner y confirmó la condena impuesta por el Tribunal inferior de seis años de prisión y abre el camino al decomiso de bienes.

A la vez queda fuera de la carrera política e inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos, se termina asi con todo el verso que la mencionada viene haciendo en cada lugar que se presentaba, incitando al enfrentamiento entre Argentinos, lo que por suerte no se da.

Claramente falta bastante trabajo de la Justicia que debe investigar a los Massa, Kicillof y a los caciques sindicales que hoy se plegan a defender a una ladrona, lo que no sitú en el podio de la verguenza internacional, porque ningún otro político con los cargos que paso ella en toda su via, genero semejante Asociación Ilícita a nivel país.

 Expediente N.º 2833/CSJN

PARTE DE LA SENTENCIA QUE RECAYO EL EL EXPTE. Nº 2833 Y QUE SE FILTRO A LOS MEDIOS DESDE LA CSJN Y POR LA CUAL LA MENCIONADA CRISTINA FERNANDEZ TERMINARA DETENIDA Y ALOJADA EN UNA UNIDAD A DETERMINAR, HASTA QUE SE LE PRACTIQUEN ESTUDIOS MEDICOS.

I. VISTO:

El recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de la señora Cristina Elizabet Fernández de Kirchner contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2 de esta ciudad, confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, que la condenó a la pena de 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por considerarla coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública.

II. CONSIDERANDO:

Que el recurso ha sido admitido por la vía del artículo 14 de la Ley 48, al haberse planteado cuestión federal suficiente, en tanto se invocó la violación de garantías constitucionales tales como el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de legalidad.

Que, analizadas las actuaciones, esta Corte considera que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional.

Que la sentencia condenatoria se encuentra fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley.

Que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma.

III. POR ELLO:

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1)-Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner.

2)-Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal).

N. de la R.: Es de aclarar que una vez notificada de la condena, pierde en forma definitiva sus pensiones de privilegio y hay cambios en su custodia a cargo de la Policía Federal, por lo cual pasa a ser una ciudadana común que deberá someterse a la Ley, si fuese encarcelada, la custodia interior es del Servicio Penitenciario Federal.

Tampoco tiene posibilidad de que la CIDH -si recurre a ella-, falle a su favor y contra el Estado Argentino, en función que aqui se respeto plenamente su derecho a defensa y aún le quedan unas 8 causas penales a enfrentar.

Finalmente la Justicia cumplió su cometido, NO ES CORRUPCION, ES JUSTICIA.

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